Blog de Inmigración

mayo 9, 2025

11 de abril de 2025: Fecha límite para el Registro de Inmigrantes bajo la Ley de Registro de Extranjeros

Hispanic young man outdoors using laptop

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) ha emitido un recordatorio a nivel nacional para todos los no ciudadanos: si ha estado en los Estados Unidos durante 30 días o más, debe registrarse ante el gobierno federal antes del 11 de abril de 2025, conforme a lo establecido en la Ley de Registro de Extranjeros (Alien Registration Act).

Este esfuerzo de cumplimiento renovado surge a raíz de la Orden Ejecutiva 14159, firmada por el presidente Donald Trump el 20 de enero de 2025, destinada a restablecer el orden y la rendición de cuentas en el sistema migratorio de los Estados Unidos. La orden instruye al DHS a hacer cumplir leyes migratorias de larga data que anteriormente no se aplicaban con rigor, incluyendo el requerimiento de que todos los extranjeros se registren ante el gobierno.

Esto significa que todo no ciudadano, independientemente de su estatus migratorio, que haya estado en EE. UU. por 30 días o más al 11 de abril de 2025, está obligado a registrarse. El incumplimiento puede dar lugar a cargos penales, incluyendo multas, prisión o ambas.

¿Quiénes deben registrarse?

Antes del 11 de abril de 2025, deben registrarse ante USCIS los siguientes individuos:

  • Extranjeros en EE. UU. por 30 días o más sin prueba de registro:
    → Deben registrarse de inmediato a través de USCIS.
  • Extranjeros que ingresen a EE. UU. el 11 de abril de 2025 o después:
    → Deben registrarse dentro de los 30 días posteriores a su llegada.
  • No ciudadanos que cumplan 14 años de edad que se encuentren en EE. UU.:
    → Deben volver a registrarse y presentar huellas digitales dentro de los 30 días posteriores a su cumpleaños número 14, incluso si ya estaban registrados anteriormente.
  • Padres o tutores de menores de 14 años:
    → Deben registrar a su hijo si el menor permanece en EE. UU. por más de 30 días.

¿Quién se considera registrado bajo la ley migratoria de EE. UU.?

Según la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y el reglamento 8 CFR 264.1, ciertos no ciudadanos se consideran ya registrados ante el Departamento de Seguridad Nacional (DHS). El registro normalmente incluye la presentación de formularios designados y la toma de huellas dactilares, a menos que se les haya eximido. A continuación, se detalla quiénes se consideran registrados y quiénes no:

Se consideran registrados:

  • Residentes permanentes legales (titulares de Green Card)
  • Personas con permiso de permanencia temporal (parole) bajo la sección INA §212(d)(5), incluso si el permiso ya expiró
  • No inmigrantes con formulario I-94 o I-94W, ya sea en papel o electrónico (aunque su período de estadía haya finalizado)
  • Personas admitidas con visa de inmigrante o no inmigrante antes de su última entrada
  • Personas en procesos de deportación iniciados por DHS
  • Titulares de Documentos de Autorización de Empleo (EAD)
  • Solicitantes de residencia permanente legal con formularios como I-485, I-687, I-698, I-700 (siempre que se hayan enviado las huellas, incluso si fueron denegados)
  • Titulares de tarjetas de cruce fronterizo

No se consideran registrados:

  • Personas que ingresaron a EE. UU. sin inspección ni permiso de permanencia temporal (parole), y que no se hayan registrado de otra forma
  • Visitantes canadienses que ingresaron por vía terrestre y no recibieron documentación oficial de registro
  • Solicitantes de beneficios como Acción Diferida o Estatus de Protección Temporal (TPS) que no recibieron prueba oficial de registro

¿Qué sucede después del registro?

Una vez registrados, los individuos recibirán una constancia de registro emitida por el DHS. Todos los no ciudadanos de 18 años o mayores están legalmente obligados a portar esta documentación en todo momento.

La administración ha dejado en claro que no se brindará protección alguna a quienes no cumplan con la normativa. El DHS enfocará sus esfuerzos en hacer cumplir estos requisitos con carácter prioritario.

Si usted es no ciudadano, o conoce a alguien que pueda verse afectado, es crucial tomar acción de inmediato. La fecha límite para registrarse se aproxima, y las consecuencias por incumplimiento pueden ser graves.

Si necesita asesoría migratoria, ayuda para determinar su estatus de registro o tiene preguntas sobre cualquier aspecto del proceso de inmigración, no dude en comunicarse con Bailey Immigration. Nuestro equipo con experiencia está aquí para ayudarle. Llámenos hoy al 503-224-0950 para recibir orientación y apoyo de confianza.