Blog de Inmigración

marzo 30, 2025

Perdón 212 permiso de re-aplicación: ¿Quien lo necesita?

A young man looking at a laptop screen while submitting his Form I-212

El formulario I-212 es necesario para las personas que desean volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos después de una deportación o expulsión. Las siguientes categorías de personas necesitan presentar esta solicitud:

  1. Deportados efectivamente: Personas que fueron físicamente expulsadas de los Estados Unidos.
  2. Salieron voluntariamente después de una orden de expulsión: Aquellos que dejaron los Estados Unidos voluntariamente después de recibir una orden de expulsión.
  3. Condenado por un delito agravado: Personas que buscan admisión o ajuste de estatus y que han sido condenadas por un delito grave.
  4. Exceso de permanencia con Visa: Aquellos que solicitan volver a los Estados Unidos después de sobrepasar el tiempo permitido de su visa.
  5. Periodos de tiempo después de la expulsión:
    • 5 Años: Si ha sido expulsado una vez como un extranjero en llegada.
    • 10 Años: Si ha sido expulsado una vez no como extranjero en llegada.
    • 20 Años: Si ha sido expulsado más de una vez, sin importar el estatus de llegada.
  6. Solicitantes de visa de inmigrante: Personas solicitando la visa de inmigrante.
  7. No inmigrantes en el puerto de entrada: Solicitantes que desean buscar la admisión como no inmigrantes a un puerto de entrada en los EE.UU pero no necesitan obtener una visa de no inmigrante (Jurisdicción CBP).
  8. Solicitantes de visa de no inmigrante en el consulado: Aquellos que solicitan una visa de no inmigrante en un consulado de los Estados Unidos, quienes serán orientados por el consulado sobre los requisitos de presentación.

**Nota Importante**: No volver a los Estados Unidos antes de presentar la solicitud de permiso para re-aplicar y recibir la aprobación del departamento de seguridad nacional (DHS). Regresar ilegalmente puede llevar a la inadmisibilidad permanente y a consecuencias significativas como el restablecimiento de la orden de expulsión, enjuiciamiento criminal, y una prohibición permanente de admisión.

¿Quién podría no necesitar un perdón 212?

Algunas personas no requieren el perdón 212, incluyendo:

  • Denegado el ingreso pero sin haber sido expulsado formalmente: Denegada la entrada en la frontera sin una expulsión formal.
  • Solicitud retirada en la frontera: Se le permite retirar la solicitud de admisión en la frontera y salir dentro del tiempo establecido.
  • Libertad condicional después de la deportación: Previamente deportado pero con libertad para ingresar a los Estados Unidos.
  • Salida voluntaria: Solicitantes que salieron de los estados unidos durante el periodo de tiempo especificado en una orden de salida voluntaria de un juez de inmigración.
  • Estatus de no inmigrante U solicitando ajuste de estatus.
  • Solicitantes de estatus de protección temporal (TPS).

Para más información o una consulta gratuita, contacte a la abogada Diana® Bailey, quien tiene más de 20 años de experiencia en derecho migratorio, comuníquese con nosotros al (503) 224-0950.