Blog de Inmigración

octubre 5, 2021

Perdones por fraude y tergiversación

Fraud Misrepresentation

Hay varios factores que pueden hacer que una persona sea “inadmisible” en los Estados Unidos.  Cometer fraude o tergiversación son motivos de inadmisibilidad.  Normalmente lo vemos en varios ámbitos.

Uno de ellos es intentar entrar en Estados Unidos con la tarjeta de residente legal permanente o el visado de otra persona.  Otro escenario puede ser afirmar ser un ciudadano de México en la frontera para que usted sea devuelto a México en lugar de a su país de origen.  Hay varios escenarios en los que puede surgir esta cuestión.

Una persona es inadmisible cuando, “mediante fraude, o tergiversando intencionadamente un hecho material, trata de conseguir… un visado, otra documentación, o la admisión en los Estados Unidos u otro beneficio… es inadmisible”. INA 212(a)(6)(C)(i).

También hemos visto que el fraude o la tergiversación aparecen cuando un residente legal permanente cometió fraude o tergiversación en el momento de la entrada.  Esto puede hacer que el residente legal permanente sea deportado bajo la Sección 237(a)(1) de la INA.  Un escenario típico aquí es cuando un residente permanente legal obtiene el estatus de “soltero” cuando realmente está casado.  Esto suele ocurrir durante los largos tiempos de espera de los visados y el tiempo de espera puede ser mayor si el hijo adulto está casado.   Puede haber una exención para esto en virtud de la INA 237(a)(1)(h).

La inadmisibilidad puede darse de dos maneras según la INA 212§(a)(6)(C)(i):

(1) al cometer una tergiversación intencionada y material, O

(2) cometiendo un fraude.

Fraude

Un solicitante debe tergiversar a sabiendas un hecho material, con la intención de engañar al funcionario para que haya una declaración de inadmisibilidad.

1.  La tergiversación tenía la intención de engañar al funcionario; y

2.  El funcionario creyó en la tergiversación y, basándose en ella, concedió algún tipo de beneficio de inmigración.

Tergiversación

Para la tergiversación, la persona debe haber “tergiversado voluntariamente un hecho material”. El oficial debe encontrar que

1.  El solicitante obtuvo, o trató de obtener un beneficio bajo la ley de inmigración de los Estados Unidos;

2.  La persona tergiversó un hecho;

3.  El hecho era material para la solicitud; si la tergiversación no era material para obtener el beneficio de inmigración buscado, entonces no activaría esta causa de inadmisibilidad;

4.  La tergiversación se hizo de forma intencionada; &

5.  La tergiversación se hizo ante un funcionario del USCIS, un funcionario consular u otro funcionario del gobierno estadounidense.

No es necesaria la constatación del engaño.

Renuncias a la tergiversación y al fraude

Para evitar una acusación de tergiversación o fraude, usted puede argumentar que la representación no fue falsa, no fue intencional o no fue material.

Si no puede rechazar las acusaciones, puede ser elegible para una exención.

Tenga en cuenta que para una exención de este tipo en relación con una petición familiar, debe tener un cónyuge o padre ciudadano de los Estados Unidos o residente legal permanente para ser elegible.

Tenga en cuenta que hacer una reclamación falsa de ciudadanía puede ser eximido en circunstancias limitadas.  En muchas circunstancias, hacer una reclamación falsa de ciudadanía a sabiendas, hará que la persona no sea elegible para ningún tipo de beneficio de inmigración.  Este es un tema complejo.

Chequeo de antecedentes

Regularmente recomendamos que nuestros clientes que han tenido paradas previas en la frontera hagan una verificación de antecedentes para que podamos ver la información que Inmigración tiene sobre nuestro cliente.  Regularmente hacemos chequeos con el FBI, USCIS (inmigración), EOIR (Corte de Inmigración), y lo más importante OBIM con Aduanas y Patrulla Fronteriza (enviamos estos con una tarjeta de huellas digitales en caso de que otros nombres fueron usados en la frontera).  Aunque a veces, es una larga espera para obtener los resultados de vuelta, es bien vale la pena.

En Bailey Immigration, somos abogados de inmigración con experiencia y estamos aquí para ayudarle.  Por favor, no dude en llamarnos al 866-521-6422 para una consulta.