Blog de Inmigración
agosto 24, 2022
Víctimas de delitos y la U Visa
Si usted o alguien que conoce es víctima de un delito y coopera con las fuerzas del orden en la investigación del delito (presentando una denuncia policial, respondiendo a las llamadas telefónicas de la policía o del fiscal del distrito y/o acudiendo al tribunal si se le solicita), puede presentar el Formulario i918 Suplemento B, Certificación de la condición de no inmigrante U ante un funcionario certificador:
A. un juez, un fiscal (oficina del Fiscal del Distrito), o
B. las fuerzas del orden (a menudo el departamento de policía)
para solicitar la certificación de que usted es:
1. Una víctima de un delito calificado en los Estados Unidos,
2. Ayudar o asistir a las autoridades policiales en la investigación o el enjuiciamiento de
la actividad delictiva calificada, y
3. Sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de ser una víctima de la actividad criminal calificada
de la actividad delictiva.
Los delitos calificados son generalmente violentos, pero también incluyen delitos no violentos. Como se ha indicado anteriormente, la víctima también debe haber colaborado, estar colaborando o ser susceptible de colaborar en la investigación o el enjuiciamiento de la actividad delictiva de la que es víctima. Sin embargo, no se requiere una investigación en curso, la presentación de cargos, un enjuiciamiento o una condena para firmar la certificación de las fuerzas del orden.
El hecho de que el abuso sea sustancial se basa en una serie de factores, entre los que se incluyen:
La naturaleza del daño infligido o sufrido,
la gravedad de la conducta del autor,
la gravedad del daño sufrido,
la duración de la imposición del daño,
y el grado de daño permanente o grave a la apariencia, la salud o la solidez física o mental de la víctima, incluido el agravamiento de condiciones preexistentes.
Ningún factor por sí solo es un requisito para establecer que el abuso sufrido fue sustancial. Asimismo, la existencia de uno o más de los factores no crea automáticamente la presunción de que el maltrato sufrido fue sustancial. Se puede considerar que una serie de actos tomados en conjunto constituyen un abuso físico o mental sustancial incluso cuando ningún acto por sí solo alcanza ese nivel.
Una vez que el funcionario certificador rellena el i918 Suplemento B (certificación de visado U), será válido durante seis meses a partir de la fecha de la firma. Si la víctima no presenta el formulario I-918, Petición de estatus de no inmigrante U, en el plazo de seis meses, tendrá que obtener un nuevo Suplemento B de la agencia certificadora. También se suele presentar el formulario i192 con la solicitud de visado U. El formulario i-192 es una exención que puede renunciar a la mayoría de los motivos de inadmisibilidad – incluso puede renunciar a los motivos en los que no hay exención disponible para un matrimonio con un ciudadano de los Estados Unidos (como la prohibición permanente o por posesión de drogas). El coste actual de la presentación de este formulario es de 930 dólares.
Es importante presentar la solicitud de certificación a la agencia apropiada que tiene jurisdicción sobre la actividad criminal. El funcionario que certifica tiene total discreción para certificar el Formulario Suplemento B, Certificación de Estado de No Inmigrante U. A veces un departamento de policía puede negarse a firmar la certificación de la visa U, entonces buscamos al Fiscal de Distrito si se ha presentado un caso allí o con el Juez que lleva el caso.
La certificación es el primer paso en un largo proceso para obtener la residencia en los Estados Unidos. Una vez que se presenta el visado U, hay una espera de más de 5 años para obtener un permiso de trabajo a través de una solicitud de buena fe. Una vez expedido el visado U (sólo se pueden expedir 10.000 al año), suele ser válido durante 4 años. Durante el tercer año, puede solicitar la residencia legal permanente y, tras tener la residencia legal permanente y después de 5 años puede solicitar la ciudadanía. Cualquier arresto y condena mientras su visa U está pendiente, puede causar la negación de su solicitud de visa U.
Por favor, llame a nuestra oficina para obtener más información. La Abogada Diana® Bailey ha presentado cientos de solicitudes de visa U y tiene más de 23 años de experiencia con la ley de inmigración. Bailey Inmigración se centra exclusivamente en los casos de la ley de inmigración por lo que tenemos la experiencia para ayudarle. Por favor, llame para una consulta telefónica gratuita en nuestro número gratuito (866) 521-6422.
Haga clic en el enlace para ver los delitos que califican: https://www.uscis.gov/humanitarian/victims-of-human-trafficking-and-other-crimes/victims-of-criminal-activity-u-nonimmigrant-status