Blog de Inmigración
noviembre 24, 2020
Resumen de la Corte de Inmigración (Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración – EOIR)
La Corte de Inmigración (alias: Tribunal de Deportación) tiene un nombre formal llamado Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR). Típicamente, un individuo indocumentado o un residente permanente legal o un extranjero termina en la Corte de Inmigración después de ser detenido en la frontera, después de cometer un delito, después de que la Inmigración le niegue una solicitud (USCIS), después de que su visa haya expirado o después de violar los términos de su visa.
Aviso de Comparecencia (NTA)
El individuo recibe un Aviso de Comparecencia (NTA). La NTA es un documento de cargos y le dice por qué Inmigración quiere deportarlo. Típicamente dirá:
- Usted no es un ciudadano de los Estados Unidos.
- Usted es un ciudadano o nacional de XX país
- Usted entró en la fecha XX
- No tiene un visado o documento de entrada o su visado ha caducado o fue condenado por un delito de XX en la fecha de XX.
O puede indicar que su estatus expiró en la fecha XXX, o que ha cometido el/los delito/s XXX.
El Juez de Inmigración le preguntará si admite las acusaciones y los cargos. Si se encuentra en la Corte de Inmigración, debe contratar a un abogado con experiencia. El Gobierno quiere deportarlo. Al tener un abogado con experiencia, usted tiene la mejor oportunidad de permanecer en los Estados Unidos. Su abogado puede revisar su NTA para ver si hay algún error. Su abogado también revisará todos los documentos para ver qué tipo de ayuda puede recibir. La ley de inmigración es compleja y el abogado del gobierno en la sala del tribunal tiene experiencia. Si no tiene un abogado, estará en desventaja. El juez de inmigración puede tratar de guiarlo en la dirección correcta, pero hay formularios en inglés que deben ser llenados. Hay que hacer diferentes copias y enviarlas a diferentes direcciones. No es un proceso fácil y simplificado, especialmente si el inglés no es su primer idioma.
Un ejemplo es, en un momento dado, tuve un cliente en el que el ICE se acercó a él después de una comparecencia en el tribunal de familia en el juzgado local. Los oficiales de ICE no llevaban nada que sugiriera que eran de ICE. Empezaron a llamar a mi cliente con otro nombre latino (mi cliente es latino). Mi cliente y su esposa no respondieron. Los oficiales de ICE se volvieron más agresivos e impidieron que mi cliente caminara. Tanto él como su esposa estaban asustados. Los oficiales de ICE no tenían una orden, y mi cliente no era la persona que estaban buscando. Con la ayuda de nuestro equipo legal en Inmigración Bailey, presentamos una moción para suprimir las pruebas que tenía el ICE y el caso fue desestimado contra mi cliente. Ya no estuvo en la Corte de Inmigración. Entonces recomendamos que su esposa ciudadana estadounidense del cliente que lo solicitara y que presentara un perdón provisional de presencia ilegal (i601a) para poder documentarlo.
Tuvimos otro caso en el que Inmigración alegó que la condena por robo de nuestro cliente era un delito que implicaba una vileza moral. Argumentábamos que no era un crimen que implicaba vileza moral y el caso fue desestimado contra nuestro cliente residente permanente legal.
Otro cliente fue detenido por el ICE después de ser condenado por conducir bajo los efectos del alcohol. Pude presentar la cancelación de deportación de los residentes permanentes no legales. Al probar que estuvo en los Estados Unidos durante 10 años, que no había sido condenado por un delito de vileza moral y que la deportación causaría dificultades excepcionales y extremas a su hija, ciudadana de los Estados Unidos (sufría de ansiedad y depresión), mi cliente obtuvo su residencia permanente legal (tarjeta verde) en el Tribunal de Inmigración.
Con todo, es importante que su NTA sea revisada por un abogado conocedor para ver cuándo debe admitir las alegaciones y los cargos en la NTA.
Cambio de dirección
Es importante mantener su dirección actualizada después de ser notificado con la NTA. Debe mantener su dirección al día con la Corte, ICE e Inmigración. Si le envían un aviso de audiencia y no lo recibe porque se ha mudado y no ha actualizado su dirección con la corte, se ordenará su deportación cuando no se presente en esa audiencia. Perderá sus derechos para llevar adelante su caso.
Notificación de la audiencia y audiencia del calendario principal
Después de recibir la NTA, puede tener una fecha y hora de audiencia en la NTA. Tiene que presentarse en esa fecha y hora a la Corte de Inmigración indicada o se ordenará la deportación en caso de su ausencia. A menudo no hay un lugar y fecha de audiencia en la NTA, y en este caso, se le enviará un aviso de audiencia. Asegúrese de presentarse a la audiencia o se ordenará su deportación en caso de su ausencia.
Audiencia Preliminar (MCH) y Audiencia Individual (ICH)
Durante su primera audiencia preliminar, el Juez de Inmigración normalmente continuará el caso una vez para que usted encuentre un abogado si hace esta solicitud. En la siguiente audiencia maestra del calendario, el juez de inmigración espera que usted pueda admitir o negar las alegaciones de la NTA e informarle al juez qué tipo de solicitudes (alivio que usted presentará). El Juez de Inmigración puede fijar el caso para otra audiencia maestra preliminar (MCH) para presentar las solicitudes o para un cargo impugnado o el juez de Inmigración puede fijar su caso para una audiencia final (audiencia individual – ICH). En la ICH, el Juez de Inmigración espera que usted presente su caso a la corte a través de un testimonio, documentos que apoyen su caso y el testimonio de cualquier testigo de su parte. Debe estar extremadamente preparado para esta audiencia ya que es su última audiencia.
Decisión y apelaciones
El Juez de Inmigración tomará una decisión al final en su caso ese mismo día o puede enviarle su decisión por correo en una fecha posterior. Cuando el juez de inmigración toma una decisión, usted y el abogado del gobierno pueden “reservar la apelación” si usted o el abogado del gobierno creen que el juez de inmigración tomó una decisión incorrecta. Si se reserva la apelación, entonces la decisión no es definitiva. Ambas partes tienen 30 días para presentar una apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Si ninguna de las partes presenta una apelación, entonces la decisión del juez de inmigración es definitiva. Si se presenta una apelación, la decisión no es definitiva y ambas partes pueden informar sobre los asuntos legales a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Este también es un momento en el que es beneficioso tener un abogado con experiencia. La ley es complicada y es difícil informar sobre cuestiones legales sin experiencia. Actualmente, la Junta de Apelaciones de Inmigración tarda unos 2 años en tomar una decisión. Después de esta decisión, hay 30 días para que cualquiera de las partes (usted o el gobierno) presente una Petición (que es similar a una apelación) ante el Tribunal Federal de Circuito que tiene jurisdicción sobre el Tribunal de Inmigración.