Blog de Inmigración

septiembre 14, 2022

Protección del Estatus del Menor en Peticiones Familiares o Asilo

Child Protection Act

El 6 de agosto de 2002 entró en vigencia la Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA). La CSPA era necesaria porque muchos niños estaban “superando la edad” de sus categorías debido a los largos retrasos en USCIS (Inmigración) que no eran culpa suya. Para proteger a los niños que estaban excediendo la edad límite debido a inmigración (retrasos de USCIS), se creó la CSPA. Discutiremos varios ejemplos en este blog.

Un niño bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) se define como un niño soltero menor de 21 años.

Pregunta: Elena acaba de convertirse en ciudadana de los Estados Unidos y tiene un hijo soltero de 20 años en México: Juan. Juan nunca ha estado en los Estados Unidos. ¿Puedo solicitar que Juan venga a vivir conmigo?

Respuesta: Sí. Haga la petición para Juan inmediatamente antes de que cumpla 21 años. Solicitar a Juan mediante la presentación de una petición familiar I-130 y presentarla antes de que cumpla 21 años congelará su edad a menos de 21 años. La razón por la que esto es importante es que esencialmente no hay tiempo de espera para una visa (aparte del tiempo de procesamiento en papel) para Juan si tiene menos de 21 años o si su edad ‘congelada’ bajo CSPA al presentar la solicitud antes de que Juan cumpla 21 años. Si Elena presenta un I-130 para Juan después de que cumpla 21 años, el tiempo de espera es de 22 años actualmente si es de México.

Solo hay una cantidad limitada de visas disponibles para ser emitidas cada año y se da prioridad a los familiares inmediatos de los ciudadanos estadounidenses. Para ser familiar inmediato de un ciudadano de los Estados Unidos, debe ser padre, cónyuge o hijo soltero menor de 21 años. No hay ‘límite de visa’ para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses. Si Elena solicita a Juan una vez que cumpla 21 años, ahora está en la categoría F-1 en lugar de un familiar inmediato. Ver Boletín de Visas Septiembre 2022.

Preguntas: ¿Y si Elena es la madrastra de Juan? Siempre que Elena se haya casado con el padre de Juan antes de que Juan tenga 18 años, la edad de Juan se congelará si su madrastra, Elena, presenta la petición I-130 antes de que Juan tenga 21 años. Con este tipo de petición, la evidencia de un matrimonio válido entre el padre de Juan y Elena deberá estar en su paquete I-130. Si Elena se casó con el padre de Juan, también deberá haber pruebas de que Juan es un hijo ‘legítimo’.

Pregunta: Mi mamá solicitó asilo cuando yo tenía menos de 21 años y no estaba casada. USCIS aún no ha tomado una decisión sobre el caso de asilo de mi madre y ahora tengo 25 años. Si se aprueba el caso de mi madre, también se me dará asilo.

Respuesta: Sí. Tu edad se congeló cuando tu mamá presentó su solicitud. Mientras permanezca soltera, si se concede su caso de asilo, podrá derivar el estado de asilado a través de su madre. Es posible que deba presentar el formulario I-730 por usted de inmediato para que reciba el estatus de asilado derivado. Una vez que reciba el estatus de asilado, no necesita permanecer soltera para ajustar el estatus a residente permanente legal un año después de obtener el estatus de asilado.

Preguntas: Fila es residente permanente legal y solicitó a su hijo, Leo, en 2018 cuando Leo tenía 19 años. Fila acaba de recibir un aviso de aprobación I-130 en 2022 y Leo ahora tiene 23 años y nunca se ha casado. ¿Leo tendrá que esperar más de 20 años para obtener una visa porque superó la edad?

Respuesta: No, Leo está protegido por la ley de protección del estatus del menor siempre que Fila y Leo soliciten su visa dentro de 1 año de disponibilidad.

USCIS utiliza las siguientes fórmulas para determinar si se aplica CSPA:

Fecha de aprobación (2022) – Fecha de presentación (2018) = Tiempo pendiente (4 años)

Edad en el momento de la disponibilidad de Visa (22 años) – Tiempo pendiente (4 años) = CSPA edad (18 años)

La edad CSPA de Leo es 18 años. Está protegido por CSPA y una visa está disponible de inmediato para él actualmente (boletín de visas de septiembre de 2022). Requisitos para mantener CSPA para una categoría de preferencia familiar, debe ocurrir la elección correcta de uno de los siguientes:

Presentar correctamente el pago del formulario I-485;
Envíar y pagar el DS260 y el I-864; o
Presentar y pagar correctamente el Formulario I-824 (acción sobre una petición o solicitud
aprobada)

La Ley de Protección del Estatus del Niño puede ser complicada. Trabajando con un abogado de inmigración con experiencia puede marcar la diferencia entre no tener tiempo de espera y un tiempo de espera de 2 años. La Abogada Diana® Bailey tiene más de 23 años de experiencia en leyes de inmigración. Llame a Bailey Immigration, PC para una consulta telefónica gratuita a nuestro número gratuito 866-521-6422.