Blog de Inmigración
marzo 22, 2021
¿Qué es un permiso de trabajo (documento de autorización de empleo)?
Un Permiso de Trabajo, también conocido como documento de autorización de empleo (EAD) permite a ciertos inmigrantes trabajar legalmente en Estados Unidos durante un tiempo determinado. La autorización en sí no provee estatus migratorio, sólo el permiso para trabajar, solicitar un número de Seguro Social y un permiso de conducir, en caso de que al solicitante no se le haya concedido todavía.
La mayoría de los permisos de trabajo se pueden renovar después de la fecha de vencimiento presentando la solicitud I-765 con la documentación requerida, dependiendo de la categoría; las categorías en los EAD son las que muestran cómo el solicitante fue elegible para pedir uno.
¿Quién puede obtener un EAD?
Hay muchos casos que permiten que un solicitante obtenga un permiso de trabajo mientras se procesa el caso. Los casos que nuestra oficina maneja que permiten solicitar un permiso de trabajo son:
- Asilo Pendiente (Refiérase a nuestro blog sobre la Solicitud de permiso de trabajo como solicitante de asilo para más información en este asunto)
- Cancelación de Deportación pendiente (Refiérase a nuestro blog sobre Cancelación de deportación – Cancelación de 10 años – Formulario E42b para más información en este asunto)
- Ajuste de estatus pendiente
- Parole in Place (Refiérase a nuestro blog sobre ¿Qué es Parole In Place? para más información en este asunto)
- DACA (Refiérase a nuestro blog sobre DREAM Act/DACA para más información en este asunto)
- U-Visa (Refiérase a nuestro blog sobre Visa U: Dando la vuelta a la tragedia para más información sobre este asunto)
- VAWA (Refiérase a nuestro blog sobre VAWA significa Ley de violencia contra las mujeres, pero ¿sabía usted que no solo cubre a las mujeres? para más información en este asunto)
Permisos de trabajo mediante la concesión de la retención de deportación y el cierre administrativo de un caso
La retención de la deportación es un estatus que se concede a ciertos inmigrantes y que prohíbe al gobierno de los Estados Unidos expulsarlos a un país donde su vida o su libertad se vería amenazada por un motivo protegido (raza, religión, nacionalidad, opinión política, etc.) En cambio, inmigración les permite renovar su permiso de trabajo indefinidamente, sin costo alguno.
El cierre administrativo es cuando un caso pendiente se retira del calendario del Tribunal de Inmigración. De forma similar a la retención de deportación, los solicitantes con cierre administrativo pueden renovar su permiso de trabajo cada año, de forma indefinida, siempre que la solicitud subyacente se haya presentado ante la corte.
En ninguno de estos casos se conceden más beneficios que el permiso de trabajo.
¿Cuánto es la tarifa de presentación?
Por lo general, no hay una tasa de presentación para las solicitudes iniciales, con la excepción de algunas, incluyendo los permisos de trabajo a través de una solicitud de asilo pendiente, con un coste de 85 dólares para cubrir la tarifa de biométricos (cita de huellas).
La tarifa de presentación para la renovación del permiso de trabajo suele ser de $410. Hay algunas excepciones a esto, incluyendo DACA y permisos de trabajo a través de una solicitud de asilo pendiente, donde la tasa de presentación es de $495, ya que requieren un costo adicional de $85 para cubrir la tarifa de biométricos (cita de huellas).
Todas los costos del USCIS se pagan en forma de giro postal o cheque personal, a nombre del “U.S. Department of Homeland Security”.
Cuando solicite un permiso de trabajo, por favor, póngase en contacto con un abogado con experiencia para ayudar a determinar si usted es elegible para un permiso de trabajo (para ver si se aplica alguna excepción o barras). Por favor, llámenos para una consulta al (866) 521-6422.